CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA

 

EL SACRAMENTO DEL MATRIMONIO

1601 "La alianza matrimonial por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados."

 

 

El matrimonio en el orden de la creación.

 

 

1603 "La íntima comunidad de vida y amor conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias, se establece sobre la alianza del matrimonio...un vínculo sagrado...no depende del arbitrio humano. El mismo Dios es el autor del matrimonio" (GS 48, 1)

La vocación al matrimonio se inscribe en la naturaleza misma del hombre y de la mujer, según salieron de la mano del Creador. El matrimonio no es una institución puramente humana a pesar de las numerosas variaciones que ha podido sufrir a lo largo de los siglos en las diferentes culturas, estructuras sociales y actitudes espirituales.

 

 

1604 Dios que ha creado al hombre por amor lo ha llamado también al amor, vocación fundamental e innata de todo ser humano. Porque el hombre fue creado a imagen y semejanza de Dios, que es Amor. Habiéndolos creado Dios hombre y mujer, el amor mutuo entre ellos se convierte en imagen del amor absoluto y sin defectos con que Dios ama al hombre. Este amor es bueno, muy bueno a los ojos del Creador. Y este amor que Dios bendice es destinado a ser fecundo.

 

 

 

El matrimonio en el Señor

 

 

1613 En el umbral de su vida pública, Jesús realiza su primer signo, a petición de su Madre, con ocasión de un banquete de boda (Juan 2, 1-11). La Iglesia concede una gran importancia a la presencia de Jesús en las bodas de Caná. Ve en ella la confirmación de la bondad del matrimonio y el anuncio de que en adelante el matrimonio será un signo eficaz de la presencia de Cristo.

 

 

1614 En su predicación, Jesús enseñó sin ambigüedad el sentido original de la unión del hombre y de la mujer, tal como el Creador la quiso al comienzo : la unión matrimonial del hombre y la mujer es indisoluble : Dios mismo la estableció "Lo que Dios unió, que no lo separe el hombre" (Mateo 19,6).

 

 

1615 Sin embargo, Jesús no impuso a los esposos una carga imposible de llevar y demasiado pesada, ...Él da la fuerza y la gracia para vivir el matrimonio en la dimensión nueva del Reino de Dios.

 

 

La celebración del Matrimonio

 

 

1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa. Es pues, conveniente, que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre, "formen un solo cuerpo" en Cristo (1a. Corintios 10, 17)

 

 

1622 "En cuanto gesto sacramental de santificación, la celebración del matrimonio debe ser por sí misma válida, digna y fructuosa" Por tanto, conviene que los futuros esposos se dispongan a la celebración de su matrimonio recibiendo el sacramento de la Penitencia.

 

 

1623 En la Iglesia latina se considera habitualmente que son los esposos quienes, como ministros de la gracia de Cristo, se confieren mutuamente el sacramento del Matrimonio expresando ante la Iglesia su consentimiento.

 

 

1625 Los protagonistas de la alianza matrimonial son un hombre y una mujer bautizados, libres para contraer el matrimonio y que expresan libremente su consentimiento. "Ser libre" quiere decir :

 

 

1626 La Iglesia considera el intercambio de los consentimientos entre los esposos como el elemento indispensable "que hace el matrimonio". Si el consentimiento falta, no hay matrimonio.

 

 

1627 El consentimiento consiste en "un acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente" "Yo te recibo como esposa" "Yo te recibo como esposo".

 

 

1628 El consentimiento debe ser un acto de la voluntad de cada uno de los contrayentes, libre de violencia o de temor grave externo. Ningún poder humano puede reemplazar este consentimiento. Si esta libertad falta, el matrimonio es inválido.

 

 

1630 El Sacerdote que asiste a la celebración del matrimonio, recibe el consentimiento de los esposos en nombre de la Iglesia y da la bendición de la Iglesia. La presencia del ministro de la Iglesia (y también de los testigos) expresa visiblemente que el matrimonio es una realidad de Iglesia.

 

 

1631 Por esta razón, la Iglesia exige ordinariamente para sus fieles, la forma eclesiástica de la celebración del matrimonio. Varias razones concurren para explicar esta determinación :

 

 

1632 Para que el "sí" de los esposos sea un acto libre y responsable, y para que la alianza matrimonial tenga fundamentos humanos y cristianos, sólidos y estables, la preparación para el matrimonio es de primera importancia.

 

 

 

Los efectos del Sacramento del Matrimonio

 

 

1638 Del matrimonio válido se origina entre los cónyuges un vínculo perpetuo y exclusivo por su misma naturaleza.

 

 

1640 El vínculo matrimonial es establecido por Dios mismo, de modo que el matrimonio celebrado y consumado entre bautizados no puede ser disuelto jamás.

 

 

 

La gracia del Sacramento del Matrimonio

 

 

1641 La gracia propia del Sacramento del Matrimonio está destinada a perfeccionar el amor de los cónyuges, a fortalecer su unidad indisoluble. Por medio de esta gracia, "se ayudan mutuamente a santificarse con la vida matrimonial conyugal y en la acogida y educación de los hijos".

 

 

1642 Cristo es la fuente de esta gracia. Pues de la misma manera que Dios en otro tiempo salió al encuentro de su pueblo por una alianza de amor y fidelidad, ahora el Salvador de los hombres y Esposo de la Iglesia, mediante el Sacramento del Matrimonio, sale al encuentro de los esposos cristianos. Permanece con ellos, les da la fuerza de seguirle tomando su cruz, de levantarse después de sus caídas, de perdonarse mutuamente, de llevar unos las cargas de los otros y de amarse con un amor sobrenatural, delicado y fecundo. (ver Efesios 5, 21-33).

 

 

 

Unidad e indisolubilidad del Matrimonio

 

 

1644 El amor de los esposos exige, por su misma naturaleza, la unidad e indisolubilidad de la comunidad de personas que abarca la vida entera de los esposos. Esta comunión humana se profundiza por la vida de la fe común y por la Eucaristía recibida en común.

 

 

 

 

 

 

La fidelidad del amor conyugal

 

 

1646 El amor conyugal exige de los esposos, por su misma naturaleza, una fidelidad inviolable. Esto es consecuencia del don de sí mismos que se hacen mutuamente los esposos. El auténtico amor tiende por sí mismo a ser algo definitivo, no algo pasajero.

 

 

1649 Existen, sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios ni son libres para contraer una nueva unión. En esta situación difícil, la mejor solución sería, si es posible, la reconciliación. La comunidad cristiana está llamada a ayudar a estas personas a vivir cristianamente su situación en la fidelidad al vínculo de su matrimonio que permanece indisoluble.

 

 

1650 Hoy son numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquélla ; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio : Marcos 10, 11-12), que no puede reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la Penitencia no puede ser concedida más que a aquellos que se arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia.

 

 

1651 Respecto a los cristianos que viven en esta situación y que con frecuencia conservan la fe y desean educar cristianamente a sus hijos, los sacerdotes y toda la comunidad deben dar prueba de una atenta solicitud, a fin de que aquéllos no se consideren como separados de la Iglesia, de cuya vida pueden y deben participar en cuanto bautizados :

 

Se les exhorta a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a sus hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios.

 

 

La Iglesia doméstica

 

 

1655 Cristo quiso nacer y crecer en el seno de la Sagrada Familia de José y de María.

 

 

1656 En nuestros días, en un mundo frecuentemente extraño e incluso hostil a la fe, las familias creyentes tienen una importancia primordial en cuanto faros de una fe viva e irradiadora. Por eso el Concilio Vaticano II llama a la familia "Iglesia Doméstica". En el seno de la familia "los padres han de ser para sus hijos los primeros anunciadores de la fe con su palabra y con su ejemplo, y han de fomentar la vocación personal de cada uno y, con especial cuidado, la vocación a la vida consagrada. (Lumen Gentium 11).

 

 

 

 

EL SACRAMENTO DE LA RECONCILIACIÓN

1440 El pecado es, ante todo, ofensa a Dios, ruptura de la comunión con El. Al mismo tiempo, atenta contra la comunión con la Iglesia. Por eso la conversión implica a la vez el perdón de Dios y la reconciliación con la Iglesia, que es lo que expresa y realiza litúrgicamente el sacramento de la Reconciliación.

 

 

Sólo Dios perdona el pecado

 

 

1441 Sólo Dios perdona los pecados (ver Marcos 2,7). Porque Jesús es el Hijo de Dios, dice de sí mismo : "El Hijo del hombre tiene poder de perdonar los pecados en la tierra" (Marcos 2, 10) y ejerce ese poder divino "Tus pecados están perdonados" (Marcos 2, 5 ; Lucas 7, 48). Más aún, en virtud de su autoridad divina, Jesús confiere ese poder a los hombres (ver Juan 20, 21-23) para que lo ejerzan en su nombre.

 

 

1444 Al hacer partícipes a los apóstoles de su propio poder de perdonar los pecados, el Señor les da también la autoridad de reconciliar a los pecadores con la Iglesia. "A ti te daré las llaves del Reino de los cielos, y lo que desates en la tierra quedará desatado en los cielos" (Mateo 16, 19)

 

 

1445 Las palabras atar y desatar significan : aquel a quien excluyan de su comunión, será excluido de la comunión con Dios ; aquel a quien reciban de nuevo en su comunión, Dios lo acogerá también en la suya. La reconciliación con la Iglesia es inseparable de la reconciliación con Dios.

 

 

El sacramento del perdón

 

 

1446 Cristo instituyó el sacramento de la Penitencia en favor de todos los miembros pecadores de su Iglesia, ante todo para los que, después del Bautismo, hayan caído en el pecado grave y así hayan perdido la gracia bautismal y lesionado la comunión con la Iglesia. El sacramento de la Penitencia ofrece a éstos una nueva posibilidad de convertirse y de recuperar la gracia.

 

 

1454 Conviene preparar la recepción de este sacramento mediante un examen de conciencia hecho a la luz de la Palabra de Dios.

 

 

1456 La confesión de los pecados hecha al sacerdote constituye una parte esencial del sacramento de la penitencia.

 

 

1461 Puesto que Cristo confió a sus apóstoles el ministerio de la reconciliación, los obispos, sus sucesores, y los presbíteros, colaboradores de los obispos, continúan ejerciendo este ministerio. En efecto, los obispos y los presbíteros, en virtud del sacramento del Orden Sacerdotal, tienen el poder de perdonar todos los pecados "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo".

 

 

1462 El perdón de los pecados reconcilia con Dios y también con la Iglesia.

 

 

1465 Cuando celebra el sacramento de la Penitencia, el sacerdote ejerce el ministerio del Buen Pastor que busca la oveja perdida, el del Buen Samaritano que cura las heridas, del Padre que espera al Hijo Pródigo y lo acoge a su vuelta, del justo Juez que no hace acepción de personas y cuyo juicio es a la vez justo y misericordioso. En una palabra, el sacerdote es signo e instrumento del amor misericordioso de Dios con el pecador.

 

 

1466 El confesor no es dueño, sino el servidor del perdón de Dios.

 

 

1467 Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas.

 

 

1468 El fin y el efecto de este sacramento, son pues, la reconciliación con Dios. En los que reciben el sacramento de la Penitencia con un corazón contrito y con una disposición religiosa, "tiene como resultado la paz y la tranquilidad de la conciencia, a las que acompaña un profundo consuelo espiritual".

 

 

1470 En este sacramento, el pecador, confiándose al juicio misericordioso de Dios, anticipa en cierta manera el juicio al que será sometido al fin de esta vida terrena. Porque es ahora, en esta vida, cuando nos es ofrecida la elección entre la vida y la muerte, y sólo por el camino de la conversión podemos entrar en el Reino del que el pecado grave nos aparta.

 

 

PASOS PARA UNA BUENA CONFESION

 

  1. Examen de conciencia
  2. Arrepentirse de los pecados
  3. Propósito firme de no volver a hacerlos y de reparar el daño hecho
  4. Decir los pecados al sacerdote
  5. Cumplir la penitencia